Licencia de Pesca en Andalucía: Guía Completa

En Andalucía, la licencia de pesca es esencial para practicar esta actividad de manera legal en aguas continentales (ríos, lagos y embalses) y marítimas (costas y embarcaciones). Existen licencias específicas para pesca continental y marítima de recreo, reguladas por la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Circular, y la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Esta guía actualizada a septiembre de 2025 detalla los pasos para obtenerla, basándose en normativas vigentes como el Decreto-ley 3/2024.

Tipos de licencias disponibles

Las licencias se dividen principalmente en dos categorías: continental y marítima. Para la pesca continental, las principales son:

  • Licencia básica: Permite la pesca general en aguas dulces.
  • Licencia con recargo: Para especies específicas como la trucha, requiere la básica.
  • Licencia temporal: Válida por hasta 15 días, ideal para visitantes.
  • Licencia de medios auxiliares: Para embarcaciones con o sin motor.

Para la pesca marítima de recreo, los tipos incluyen:

  • Clase 1 (costa): Pesca desde la orilla.
  • Clase 2 (embarcación): Pesca desde barco.
  • Submarina: Con arpón, sujeta a restricciones adicionales.
  • Colectiva: Para grupos en embarcaciones.

Nota: Desde 2024, no se requiere examen ni curso para la habilitación en pesca continental, simplificando el proceso.

Requisitos generales y específicos

Requisitos generales:

  • Ser mayor de 14 años (menores de 16 años obtienen bonificación del 50% en la tasa básica).
  • Estar inscrito en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental, obteniendo un Número de Identificación Registral (NIR).
  • No estar inhabilitado por resolución administrativa o judicial.
  • Contratar un seguro obligatorio de responsabilidad civil para cazadores y pescadores.

Requisitos específicos:

  • Para continental: Obtener NIR telemáticamente con certificado digital o presencialmente en una Delegación Territorial. Personas mayores de 65 años están exentas de pago.
  • Para marítima: Documento de identidad, foto tipo carnet y, para submarina, declaración de no padecer afecciones que impidan buceo. Embarcaciones deben estar matriculadas.

Beneficiarios de Renta Mínima de Inserción Social o Ingreso Mínimo Vital también están exentos de tasas.

Procedimiento paso a paso para obtener la licencia

El proceso varía según el tipo, pero sigue estos pasos generales:

  1. Obtén tu NIR (solo para continental si no lo tienes): Accede al formulario en la sede electrónica con certificado digital, o presenta solicitud presencial en la Delegación Territorial con DNI. Recibirás el NIR inmediatamente o en unos días.
  2. Contrata el seguro obligatorio: A través de entidades autorizadas, cubriendo responsabilidad civil.
  3. Solicita la licencia:
    • Telemáticamente (recomendado): Ingresa en la aplicación de licencias con certificado digital. Selecciona tipo, período (1, 3 o 5 años), ingresa datos del seguro y paga la tasa.
    • Presencial: Descarga el impreso de solicitud y tasa 046, paga en banco y presenta en la Delegación Territorial o SIAC.

Para marítima, usa el mismo portal o presenta en oficinas de la Consejería de Agricultura. El proceso telemático permite impresión inmediata. Si no tienes certificado digital, contacta al SIAC al 954 544 438.

Costes y tasas oficiales

Las tasas para 2025, según la Ley de Presupuestos de Andalucía, son:

  • Continental básica: 7,98 €/año (exenta para >65 años y beneficiarios de prestaciones sociales).
  • Recargo (trucha): 4 € (requiere básica).
  • Medio auxiliar con motor: 15,30 €.
  • Sin motor: 11,14 €.
  • Temporal: 15,30 € por hasta 15 días.

Para marítima: Clase 1: aprox. 5-10 €; Clase 2: 20-30 € (varía por período; consulta oficial para exactitud). Bonificaciones: 50% para menores de 16 en básica continental. Estas tasas están vigentes a 13/09/2025; verifica actualizaciones en fuentes oficiales.

Permisos adicionales

  • Cotos de trucha sin muerte: 5,66 €/permiso.
  • Precintado de artes: 4 €/precinto (bonificación 70% tras 50 unidades).

Dónde solicitarla

Telemático: Sede electrónica de la Junta de Andalucía en Portal de Caza y Pesca o Aplicación de Licencias de Pesca.

Presencial: Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Circular (para continental) o Consejería de Agricultura (para marítima). Localiza la tuya en la web oficial. También en oficinas del SIAC o entidades colaboradoras como federaciones.

Para duplicados o consultas, usa el portal con certificado digital.

Preguntas frecuentes

¿Necesito licencia para pescar en el mar desde la playa? Sí, la Clase 1 de pesca marítima de recreo es obligatoria.

¿Qué pasa si no tengo certificado digital? Puedes solicitar presencialmente o por presentación electrónica general en la Delegación.

¿La licencia es válida en toda España? No, es autonómica; para otras comunidades, obtén la correspondiente.

¿Puedo pescar sin seguro? No, es requisito indispensable; multas por incumplimiento pueden superar 500 €.

¿Hay vedas o restricciones en 2025? Sí, consulta periodos hábiles en el visor oficial.

Si la información varía, consulta siempre la fuente oficial para vigencia.

Obtén tu licencia hoy y disfruta de la pesca responsable en Andalucía. Para más dudas, contacta con la Consejería al 955 003 400 o visita la sede electrónica.

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