Licencia de Pesca en País Vasco: Guía Completa

Introducción

En la Comunidad Autónoma del País Vasco, la pesca recreativa se divide principalmente en dos modalidades: marítima y fluvial. La pesca marítima recreativa permite la captura desde la costa o embarcaciones pequeñas sin ánimo de lucro, mientras que la pesca fluvial se centra en ríos y embalses, regulada por las diputaciones forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. Ambas requieren licencias específicas, con requisitos de edad mínima de 16 años para la marítima y regulaciones territoriales para la fluvial. Esta guía detalla el proceso actualizado a septiembre de 2025, basado en fuentes oficiales. Recuerda que las normativas pueden variar; consulta siempre las sedes electrónicas para confirmación.

Tipos de licencias disponibles

En el País Vasco, las licencias se clasifican según la modalidad:

  • Pesca marítima recreativa de superficie: Permite pescar desde tierra o embarcaciones de la 7ª Lista (vigencia máxima 5 años). Apta para caña, sedal o artes similares sin buceo.
  • Pesca marítima recreativa submarina: Para buceo a pulmón libre (vigencia máxima 1 año). Requiere certificado médico deportivo.
  • Pesca fluvial: Licencia autonómica válida en ríos y aguas continentales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. Incluye permisos adicionales para cotos o tramos especiales. No válida sin justificante de tasa.

Para menores de 16 años, la licencia fluvial tiene una tasa reducida, y pueden pescar acompañados de un adulto licenciado en marítima.

Requisitos generales y específicos

Requisitos generales:

  • Ser mayor de 16 años (excepción para fluvial con tasa reducida).
  • Documentación: DNI, NIE o pasaporte (fotocopia). Para submarina, certificado médico deportivo oficial.
  • No tener antecedentes de infracciones graves en pesca.

Requisitos específicos:

  • Marítima de superficie: Mayor de 16 años; consentimiento para encuestas del Gobierno Vasco sobre capturas (obligatorio por normativa UE).
  • Marítima submarina: Certificado médico; mayor de 16 años; equipo de buceo a pulmón libre sin escafandra.
  • Fluvial: Válida solo con pago de tasa; para extranjeros no UE, pasaporte. En Bizkaia y Álava, posibles requisitos adicionales para cotos intensivos o especies invasoras como black bass.

Normativa clave: Decreto 198/2000 para marítima; Decreto 216/1997 para fluvial. En 2025, se mantienen restricciones por especies protegidas y vedos estacionales.

Procedimiento paso a paso para obtener la licencia

El proceso varía por modalidad y territorio, pero sigue estos pasos generales:

  1. Reúne documentación: DNI/NIE/pasaporte y, para submarina, certificado médico.
  2. Elige modalidad y territorio: Marítima vía Gobierno Vasco; fluvial vía diputaciones forales.
  3. Solicita online o presencial: Accede a la sede electrónica correspondiente. Rellena formulario, adjunta documentos y paga tasa.
  4. Recibe la licencia: Digital o física en oficinas; para fluvial, incluye carné y justificante de pago.
  5. Renovación: Anual para fluvial y submarina; hasta 5 años para superficie marítima.

Para marítima: Usa portal NASDAP o oficinas en Bilbao, Donostia, Bermeo o Vitoria-Gasteiz (cita previa en Bilbao).

Para fluvial: En Gipuzkoa vía sede electrónica; en Bizkaia vía Ataria; en Álava vía Egoitza.

Costes y tasas oficiales

Tasas vigentes a 2025 (sujetas a actualización; verifica en fuentes oficiales):

  • Marítima recreativa (superficie y submarina): 18,31 € (anual, 2024; probable ajuste en 2025).
  • Fluvial autonómica: 9,14 € (adultos); 3,79 € (menores de 16 años). Requiere pago adicional para permisos de cotos (variable, e.g., 5-20 € por día en Bizkaia).

Pago vía tarjeta online, banco o en oficinas. La licencia fluvial no es válida sin el justificante de tasa.

Advertencia de vigencia

Estas tasas corresponden a 2024; para 2025, consulta el BOPV o sedes forales, ya que pueden incrementarse por inflación o normativas nuevas (e.g., Orden Foral 2756/2025 en Bizkaia).

Dónde solicitarla

Marítima (Gobierno Vasco):

  • Sede electrónica Euskadi – Solicitud online.
  • Oficinas: Servicio de Estructuras Pesqueras (Bilbao, tel. 944 03 14 60, cita previa); Donostia (943 02 25 75); Bermeo (944 03 13 26); Vitoria-Gasteiz (945 01 96 77).

Fluvial:

  • Álava: Egoitza Araba o email licenciascazaypesca@araba.eus; oficina en Plaza de la Provincia 5, Vitoria-Gasteiz.
  • Bizkaia: Bizkaia.eus o Sede Electrónica Ataria (procID=582); cita previa tel. 944 465 297.
  • Gipuzkoa: Egoitza Gipuzkoa; Servicio de Fauna y Flora tel. 943 113 948; Oficinas Comarcales Agrarias (OCA).

Enlace oficial general: Portal Euskadi para normativas unificadas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pescar sin licencia? No, es obligatoria. Menores de 16 años necesitan supervisión y tasa reducida para fluvial.

¿Qué pasa si soy extranjero? Presenta pasaporte; para no UE, posible visado adicional.

¿Cuáles son los vedos en 2025? Varían por territorio: e.g., en Bizkaia, trucha abierta desde marzo; consulta folletos anuales como «La Pesca Fluvial en Bizkaia 2025».

¿Incluye la licencia permisos para embarcaciones? Para marítima de superficie, sí para 7ª Lista; verifica matrícula.

¿Qué hacer en caso de pérdida? Solicita duplicado en la misma oficina/sede, con tasa adicional.

¿Hay restricciones por especies invasoras? Sí, e.g., black bass en Bizkaia requiere permisos especiales; no liberable.

Resumen

Obtener la licencia de pesca en el País Vasco es un proceso sencillo vía sedes electrónicas o oficinas forales. Asegúrate de cumplir con vedos, tallas mínimas y cupos para una práctica sostenible. Para información actualizada, visita Euskadi.eus o las diputaciones forales. ¡Disfruta de la pesca responsable en nuestras costas y ríos!

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