Licencia de Pesca en Cataluña: Guía Completa

Introducción

En Cataluña, la licencia de pesca recreativa permite practicar esta actividad tanto en aguas continentales (ríos, lagos y embalses) como en aguas marítimas superficiales, desde tierra o embarcaciones. Existen modalidades específicas para pesca con muerte, sin muerte (captura y suelta) y gratuitas para ciertos colectivos. Esta guía detalla el proceso actualizado a septiembre de 2025, basado en información oficial de la Generalitat. Recuerda que las normativas pueden variar, por lo que siempre verifica en la sede electrónica oficial.

Tipos de licencias disponibles

La Generalitat de Cataluña clasifica las licencias de pesca recreativa de superficie en varias categorías, adaptadas a la duración y al tipo de práctica:

  • Licencias recreativas con muerte (R): Permiten la captura y retención de peces. Incluyen R5 (1 día), R6 (2 días), R0 (15 días), R1 (1 año), R2 (2 años), R3 (3 años) y R4 (4 años).
  • Licencias recreativas sin muerte (M): Para captura y suelta, promoviendo la sostenibilidad. Incluyen M1 (1 año), M2 (2 años), M3 (3 años) y M4 (4 años).
  • Licencias gratuitas (vigencia de 4 años): RM para menores de 18 años, RJ para mayores de 65 años, y RD para personas con discapacidad igual o superior al 33% o pensionistas por incapacidad.

Estas licencias son válidas para pesca no profesional en aguas interiores y marítimas superficiales. Para zonas de pesca controlada (ZPC), se requiere un permiso adicional específico.

Requisitos generales y específicos

Para obtener cualquier licencia, se deben cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Ser mayor de edad o, si eres menor de 18 años, presentar autorización firmada por un tutor legal.
  • No estar inhabilitado para la pesca recreativa por sanciones previas.
  • Haber pagado cualquier multa pendiente relacionada con infracciones de pesca.
  • Presentar documento de identidad válido (DNI, NIE o pasaporte).

Requisitos específicos por tipo:

  • Para licencias gratuitas (RM, RJ, RD): Acreditación adicional, como certificado de discapacidad o resolución de pensión para RD.
  • Para pesca submarina: Certificado médico oficial que acredite aptitud para el buceo (no cubierto por la licencia de superficie; requiere trámite separado).
  • En ZPC: Permiso personal e intransferible, con validez diaria o semanal según la zona (salmónidos, ciprínidos o intensivas).

La información está vigente a 2025 según fuentes oficiales; verifica actualizaciones en la web de la Generalitat.

Procedimiento paso a paso para obtener la licencia

El proceso es sencillo y se puede realizar online o presencialmente. Recomendamos la vía digital para mayor agilidad.

  1. Accede a la plataforma oficial: Ingresa en la Oficina Virtual de Trámites del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
  2. Selecciona el tipo de licencia: Elige entre R, M o gratuita según tus necesidades.
  3. Identifícate: Usa idCAT Mòbil, certificado digital o Cl@ve. Para menores, adjunta la autorización del tutor.
  4. Rellena el formulario: Proporciona tus datos personales y, si aplica, documentación adicional (ej. para RD).
  5. Realiza el pago: Con tarjeta de crédito (inmediato) o genera una carta de pago para cajeros Servicaixa (24-48 horas para confirmación).
  6. Recibe la licencia: Descárgala en PDF desde el portal una vez confirmado el pago. Llévala siempre con tu DNI.

Para ZPC, accede a este enlace para permisos adicionales. Si optas por presencial, pide cita en Oficinas de Atención Ciudadana.

Costes y tasas oficiales

Las tasas están actualizadas a 2025 según el Departamento de Agricultura de la Generalitat. Precios para licencias no gratuitas (IVA no incluido):

Pesca recreativa general (con muerte):

  • 1 día (R5): 3,15 €
  • 2 días (R6): 5,20 €
  • 15 días (R0): 11,50 €
  • 1 año (R1): 27,10 €
  • 2 años (R2): 43,75 €
  • 3 años (R3): 62,45 €
  • 4 años (R4): 73,90 €

Pesca sin muerte (captura y suelta):

  • 1 año (M1): 19,80 €
  • 2 años (M2): 36,45 €
  • 3 años (M3): 53,10 €
  • 4 años (M4): 68,70 €

Licencias RM, RJ y RD: Gratuitas. Estas tasas pueden ajustarse anualmente; consulta la fuente oficial para confirmación.

Dónde solicitarla

La solicitud se realiza principalmente a través de la sede electrónica de la Generalitat:

  • Online: Trámite oficial de licencia de pesca recreativa.
  • Presencial: Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación; Servicios Centrales en Barcelona (Gran Vía); o Oficinas de Atención Ciudadana (pide cita previa).
  • Contacto: Email: pescacontinental@gencat.cat. Para dudas, llama al 012.

Fuente principal: Generalitat de Catalunya – Departamento de Agricultura. Verifica la vigencia en esta página oficial.

Preguntas frecuentes

  • ¿La licencia es válida para pesca marítima? Sí, cubre aguas marítimas superficiales, pero no submarina (requiere certificado médico adicional).
  • ¿Qué pasa si pesco sin licencia? Es una infracción grave, con multas de hasta 150.000 € y decomiso de equipo. Siempre lleva tu DNI con la licencia.
  • ¿Puedo renovar online? Sí, accede al portal con tu identificación digital y selecciona renovación; el proceso es idéntico al de solicitud inicial.
  • ¿Qué equipo necesito? Usa anzuelos sin muerte en zonas de captura y suelta. Respeta cupos y tallas por especie.
  • ¿Hay vedas específicas en 2025? Sí, consulta el calendario oficial en la web de la Generalitat para especies como trucha o carpa.

Si tienes más dudas, contacta directamente con el Departamento de Agricultura. Recuerda que pescar responsablemente contribuye a la conservación de nuestros ecosistemas acuáticos.

¡Obtén tu licencia hoy y disfruta de la pesca en Cataluña de forma legal y sostenible! Visita la sede electrónica oficial para iniciar el trámite.

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